INDERT exonera interés por mora en pagos por tierras

Publicado: 10/03/18 03:00:p. m.

El INDERT pone a conocimiento de los beneficiarios que los lotes situados en la Región Oriental, cuya superficie no supere las treinta hectáreas, el adjudicatario de la tierra que incurriese en mora generada por el atraso de los pagos, quedará eximido de abonar el interés punitorio del 1% (uno por ciento) sobre el saldo vencido. Esta medida tendrá vigencia de un año, de acuerdo a Ley N° 6081 que establece dicha exoneración.

Es una decisión muy beneficiosa para las familias campesinas, cumpliendo con el rol social del INDERT. Con ello, los beneficiarios de la Región Oriental que tienen cuotas atrasadas en el pago de sus lotes de 1, 2, 3, y hasta más de 10 años, que les generó un interés bastante considerable, serán exonerados durante un año, informó el Gerente de Créditos del INDERT, Carlos Soler.

Esta medida será de gran ayuda a los compatriotas beneficiados con tierras del INDERT. Semanalmente, las familias campesinas concurren para acceder a sus extractos de cuentas y se encuentran que el atraso en sus pagos les produjo un interés bastante elevado, lo que les dificulta ponerse al día con sus pagos, para poder cancelar sus cuotas. Esto afecta a los sectores más vulnerables del campo, a aquellos que tienen pequeñas parcelas y están en situación de pobreza y pobreza extrema, por lo que se adoptó la exoneración.

El INDERT exhorta a los beneficiarios a que se acerquen a la sede central o a las agencias regionales de la entidad para ponerse al día con sus cuotas, sin pagar un solo guaraní de interés. Esto quiere decir que solo abonarán el capital adeudado.

La exoneración de los intereses por mora es una forma de combate a la pobreza rural, ya que hay una cifra muy importante de personas a ser beneficiadas, considerando que la morosidad actual llega al 50% .

Por ejemplo, hay personas que deben por sus lotes dos cuotas de 500.000 Gs, en total 1.000.000 de Gs., pero el atraso le produjo un interés de dos, hasta tres millones de guaraníes. En estos casos, los beneficiarios no abonarán nada por el interés, sino exclusivamente el monto adeudado.


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